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Legisladores aprueban reformas para proteger los humedales de México

Legisladores aprueban reformas para proteger los humedales de México

Los humedales se considerarán de utilidad pública: la formulación y ejecución de acciones para su preservación, conservación y protección y, en su caso, la restauración de los mismos.

México. La Cámara de Diputados avaló el dictamen con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de protección de humedales.

Las modificaciones, aprobadas en lo general con 409 votos a favor y remitidas al Senado de la República para sus efectos constitucionales, establecen que se considerarán de utilidad pública: la formulación y ejecución de acciones de preservación, conservación y protección de los humedales de importancia internacional y, en su caso, la restauración de los mismos.

Se define a los humedales como las zonas de transición entre los sistemas acuáticos y terrestres que constituyen áreas de inundación temporal o permanente, sujetas o no a la influencia de mareas, como pantanos, ciénagas, y marismas, cuyos límites los constituyen el tipo de vegetación hidrófila de presencia permanente o estacional; las áreas en donde el suelo es predominantemente hídrico; y las áreas lacustres o de suelos permanentemente húmedos por la descarga natural de acuíferos.

En tanto, a los humedales de importancia internacional o sitios Ramsar, como aquellos humedales que han sido designados de conformidad con los criterios establecidos por la Convención relativa a los humedales de importancia internacional, especialmente como hábitat de aves acuáticas.

Se indica que será facultad de la Federación la administración y manejo de los humedales de importancia internacional que se encuentren en áreas naturales protegidas de competencia de la Federación.

Se señala que corresponde a las entidades federativas la conservación, preservación, protección, regulación, aprovechamiento sustentable, vigilancia, administración y manejo de los humedales de importancia internacional ubicados fuera de las áreas naturales protegidas de competencia de la Federación que se encuentran dentro de sus límites territoriales, así como la atención coordinada que corresponda con la Federación, y la elaboración e instrumentación de los programas de manejo respectivos.

Asimismo, los humedales de importancia internacional deberán disponer de un programa de manejo, de acuerdo a las disposiciones de la ley y los tratados internacionales en la materia, además de promover la coordinación de los tres órdenes de gobierno.

A favor de la protección y conservación de la biodiversidad

La diputada Adriana Bustamante Castellanos, promovente de la reforma, dijo que el dictamen está a favor de la protección y conservación de la biodiversidad, la acción climática, el derecho humano al medio ambiente sano, limpio y sustentable.

Precisó que los humedales son grandes receptores de anfibios y aves migratorias y son cruciales para la recarga de acuíferos y almacenamiento del agua; sin embargo, al no estar debidamente regulada su conservación y protección por la legislación ambiental vigente, muchos de estos ecosistemas han sido impactados por la acción humana, sufren presión inmobiliaria, y son tratados por diversos ayuntamientos como lotes o predios.

Refirió que, de acuerdo con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, existen 142 humedales de importancia internacional y abarcan una superficie de 8 millones de hectáreas en nuestro país; sin embargo, es crítico que en México se haya perdido en menos de un siglo más del 67 por ciento de sus humedales.

Durante la discusión en lo particular, con 397 votos a favor se aprobaron las reservas presentadas por la diputada Marisol García Segura, para modificar el artículo 87 Bis 4 y adicionar dos artículos transitorios.

La legisladora detalló que la reserva tiene como propósito fortalecer el mecanismo para la protección de los sitios Ramsar con la información mínima necesaria que deberán contener los programas de manejo. Además, que contengan los criterios por los cuales fue designado el humedal de importancia internacional, así como la descripción de su organización administrativa, distribución de las actividades responsables para la administración y manejo de los sitios Ramsar, y los mecanismos de participación ciudadana.

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