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La NOM-172 obliga a las autoridades informar sobre la calidad del aire

La NOM-172 obliga a las autoridades informar sobre la calidad del aire

La contaminación atmosférica está asociada con las afectaciones a la salud humana, por tanto es indispensable lograr una correspondencia entre el marco normativo y el deterioro de la calidad del aire.

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CDMX
Ciudad de México. Carlos Aranda

México.- La normatividad ambiental en materia de calidad del aire se materializa en instrumentos reguladores que tienen el objetivo de proteger el medio ambiente y la salud humana.

Uno de estos instrumentos es la NOM-172-SEMARNAT-2019, que entró vigor en febrero de este año, en ella se establecen los lineamientos para la obtención y comunicación del Índice de Calidad del Aire y Riesgos a la Salud.

Esta Norma Oficial Mexicana es una herramienta que indica la obligación que tienen los gobiernos de las entidades federativas de informar a la población sobre los daños que la contaminación del aire puede provocar a la salud. También plantea las acciones que las personas pueden realizar para disminuir su exposición a los contaminantes.

“Han sido muchos los esfuerzos realizados en torno a la calidad del aire en México. Nuestro país fue de los pioneros en incursionar en una política de regulación de las emisiones fijas y móviles a mediados de los años ochenta. Desde hace algunos años, sin embargo, volvemos a vernos rebasados por una realidad de contingencias ambientales en el Valle de México y otras zonas metropolitanas como Monterrey o Guadalajara”, indica Julio Trujillo Segura, Subsecretario de Fomento y Normatividad Ambiental de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).

La información facilitada a la población procede de los datos generados por las estaciones de monitoreo de la calidad del aire de cada ciudad a través del Índice de Aire y Salud, sin embargo, señala el funcionario, “el problema surge cuando observamos que mientras dicha norma homologa índices y estándares conforme a los recomendados por la Organización Mundial de la Salud (OMS), los programas de contingencia ambiental-atmosférica del país –un instrumento en proceso de revisión– obedecen a otros determinantes y permiten mayores emisiones de gases contaminantes”.

A través de la NOM-172 se hace aún más evidente que el deterioro de la calidad del aire está asociado con las afectaciones a la salud humana en varias ciudades de México, por tanto es esencial lograr una concordancia entre el marco normativo y el deterioro de la calidad de aire, considerando que muchas de las partículas contaminantes que afectan la salud humana también contribuyen al cambio climático.

Trujillo destaca que “esta normatividad obliga a las autoridades a informar sobre la mala calidad del aire, pero no las obliga a decretar la contingencia –dadas las repercusiones económicas que afectarían ciertas industrias por el cese de actividades– ni a incrementar el programa vehicular Hoy No Circula. Si tomáramos las recomendaciones de la OMS, tendríamos más de cien días al año de contingencia ambiental en vez de la decena actual”.

Por tal razón los gobiernos de la Ciudad de México y el Estado de México, así como la Semarnat y la Comisión Ambiental de la Megalópolis (Came) han planteado la necesidad de una visión integral de la problemática de la calidad del aire.

En este escenario, las autoridades tienen el propósito de modificar y emitir nuevas normas asociadas a las catorce Medidas para mejorar la calidad del aire en el Valle de México

Es por ello que el Programa Nacional de Normalización podría modificar normas relativas a los combustibles, estaciones de servicio, incendios forestales, vehículos nuevos y en circulación, así como productos e industrias que emiten gases contaminantes a la atmósfera, el objetivo principal consiste en reducir las emisiones de compuestos orgánicos volátiles (COV), partículas PM2.5, PM10, óxidos de nitrógeno (NOx) y dióxido de carbono (CO2), indica Trujillo en la revista Diálogos Ambientales, editada por la Semarnat.


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